Artículo
II
El
mutuo acuerdo de los teólogos
es
también criterio de la tradición
TESIS
21. El mutuo acuerdo de los Teólogos en tensas de fe y de costumbres
es criterio cierto de la Tradición divina.
846.
Nexo. En la tesis anterior hemos probado que el mutuo acuerdo de los Santos
Padres es criterio de la Tradición divina, a causa de las conexiones íntimas
que se dan entre este mutuo acuerdo y el Magisterio auténtico de la Iglesia. Al
constar históricamente que se dan ciertas conexiones semejantes entre el
Magisterio de la Iglesia y el mutuo acuerdo de los Teólogos, éste es el motivo
por el que establecemos esta tesis.
847.
Nociones. Ya tenemos suficientemente claro por la tesis anterior qué significan
las nociones de CRITERIO y MUTUO ACUERDO, y también las condiciones de las que
debe estar dotada la MATERIA DE FE Y DE COSTUMBRES acerca de la cual deben
versar. Ahora vamos a explicar la noción de Teólogo.
TEOLOGOS
son los varones que han cultivado la ciencia que trata acerca de lo relacionado
con Dios, sacando esta ciencia de las fuentes de la revelación. Bajo esta
noción general quedan comprendidos los Teólogos católicos y los no católicos.
Reciben el nombre de Teólogos no católicos aquellos que pretenden
extraer de las fuentes de la revelación la ciencia acerca de los temas
relacionados con Dios guiados exclusivamente por la luz de la razón y
por criterios filosófico-históricos. Teólogos católicos son aquellos los
cuales extraen de las fuentes de la revelación la ciencia de los temas
relacionados con Dios mediante un método ciertamente científico, filosófico-histórico,
no obstante ayudados por la luz de la razón iluminada por la fe y por el
Magisterio auténtico de la Iglesia en calidad de criterio supremo (cf. PIO XII «Humani
generis»: D 2313, 2314).
848.
Los Teólogos católicos, según los hemos definido, se dice que en la historia de la Teología
pertenecen a tres épocas de la Iglesia: la 1ª. es la época de los Santos
Padres, y abarca desde el comienzo de la Iglesia hasta San Juan Damasceno a
mitad del siglo VIII; la 2ª. es la edad media, desde San Beda, antes de
la mitad del siglo VIII, hasta comienzos del siglo XVI; la 3ª. es la edad
moderna, a partir del Concilio Tridentino, antes de mediados del
siglo XVI, hasta nuestros días. Dentro de cada una de estas tres épocas se
señala Con toda razón un período muy espléndido de cien años: en la 1ª, después
del Concilio I de Nicea, el ato 325; en la 2ª. después del Concilio IV
de Letrán, el ato 1215; en la 3ª. después del Concilio de Trento, el
ato 1563. En cada uno de estos períodos de esplendor también puede señalarse un
Teólogo, que sobresalió entre los demás de un modo singular: en el primer
período San AGUSTIN; en el 2º. S. TOMAS DE AQUINO; en el 3º hasta nuestros
días, FRANCISCO DE SUAREZ.
849.
Teólogos, en sentido más estricto son los varones que, después
de la época de los Santos Padres, iluminados por la fe y guiados por el
Magisterio de la Iglesia, han tratado de modo eminente la doctrina
sagrada, principalmente en obras escritas. El argumento basado en los Teólogos
se toma de hecho de los escritos de éstos, por lo cual en esta tesis hay que
tratar sobre todo de los Teólogos que enseñan la doctrina sagrada en obras
escritas,
850. Se
llaman Teólogos recopiladores aquellos, principalmente Monjes, los
cuales a partir de finales de la época patrística hasta el fin del siglo XI
reducían en forma de compendio las obras de los Santos Padres reunidas en un
solo conjunto, a fin de preservarlas de la destrucción en los tiempos
turbulentos de la edad media. En efecto en esta época los Monasterios tuvieron
entre sus prerrogativas la de ser prácticamente el único refugio de las
ciencias; después también las Iglesias Catedrales, sobre todo en las ciudades
donde Carlomagno ordenó que se establecieran centros de estudio. A partir del
siglo XI se citan como los más famosos los centros de estudio que había en Tours,
Orleans,-Reims, Corbie, Saint Gallus, Reichenau, Fulda, Clunv, Hildesheim,
Paderborn, Bec, París, Santiago de Compostela.
Reciben
el nombre de Teólogos positivos aquellos, que reúnen con fidelidad, con
esmero y en su integridad y al mismo tiempo ordenan, según el pensamiento mismo
de los propios autores, la doctrina de los temas concernientes a Dios extraída
de monumentos genuinos, íntegros y de reconocida solvencia. Esta Teología
positiva puede ser bíblica, sinodal, patrística, etc., según las
distintas clases de monumentos de los que se extrae, Cf. PETAVIO, Dogmas
teológicos I, en su prólogo,
Se
llaman Teólogos escolásticos a aquellos, que a partir del siglo XII se
preocuparon de coordinar en un solo sistema la doctrina sagrada echando mano de
la filosofía, y también se preocuparon de poner esta doctrina sagrada más al alcance
de la razón. Reciben el nombre de Escolásticos, por el hecho de que este
modo de profundizar y de enseñar la doctrina sagrada comenzó y se cultivó en
las escuelas públicas de la edad media fundadas las más de las veces por la
autoridad de la Iglesia o al menos florecientes bajo su constante dirección y vigilancia,
y de un modo especial en las Universidades. En efecto con posterioridad a los
Estudios de los Monjes y de los Clérigos surgieron las Universidades, las
más antiguas de todas las cuales, y a las que imitaron las otras se considera
que fueron la de París y la de Bolonia, y ambas fueron erigidas y gobernadas
por varones eclesiásticos y en provecho de la doctrina de la Iglesia, a partir
de finales del siglo XII: en París se enseñaba principalmente Teología, en
cambio en Bolonia se estudiaba de modo especial el derecho eclesiástico. A
imitación de éstas, fueron fundadas en los siglos XIII y XIV otras
universidades en Oxford, en Salamanca, en Tolosa, en Roma, en Cantábrica, en
Montpellier, en Padua, en Palencia, en Ulisipona, en Orelia, en Pisis, en Viena,
en Colonia, en Valladolid, en Coímbra, etc.
852.
San ISIDORO DE SEVILLA y San JUAN DAMASCENO son Teólogos de
finales de la edad patrística, los cuales intentaron sintetizar para el uso de
las escuelas la doctrina sagrada de los Santos Padres, Los tres libros de
las Sentencias de San ISIDORO y la Exposición de la fe ortodoxa de
San JUAN DAMASCENO fueron los principales libros de texto para aprender
Teología en las Escuelas antes de mitad del siglo XI, en el Occidente la obra
de San Isidoro y. en Oriente la de San Juan Damasceno. San Isidoro
recogió sus sentencias principalmente de San Agustín, y San Juan Damasceno de
San Gregorio Nacianceno.
853. A
mitad del siglo XI San ANSELMO «parece que fue inspirado por Dios, para mostrar
con su ejemplo, con su palabra y con sus escritos el camino seguro y para ser
guía y norma de los Doctores, los cuales después de él enseñaron la doctrina
sagrada según el método escolástico, de los cuales el mismo San Anselmo fue
llamado y considerado con razón el precursor». San ANSELMO estudió a fondo en
sus obras los principales dogmas, de tal modo que hiciera más fácil a los
Doctores posteriores a él el redactar un sistema consumado de Teología
Dogmática.
854. En
el siglo XII y hasta mitad del siglo XIII muchos han intentado llevar a cabo
este sistema completo de Teología, a base de obras que tenían sobre todo un
doble título, a saber Libros de las Sentencias y Sumas. Dentro de la
clase de los Libros de las Sentencias alcanzaron mayor perfección y ejercieron
un enorme influjo en autores posteriores HUGO DE SAN VICTOR († 1141) con su
obra Acerca de los Sacramentos de la Fe Cristiana, y principalmente
PEDRO LOMBARDO (t 1150) con sus Cuatro Libros de las Sentencias (1150-1152),
la cual obra en extremo famosa ganó sin duda para su autor el sobrenombre de Maestro
de las Sentencias y fue usada por los Teólogos de mayor renombre, sobre
todo hasta finales del siglo XVI, para la enseñanza de la Teología y fue
expuesta con multitud de comentarios.
855.
Dentro de la clase de las Sumas sobresalieron con mucho por encima de las otras
las obras de ALEJANDRO HALENSE († 1245), con su Suma de la Teología dividida
en cuatro partes, y de un modo especial las obras de Santo TOMAS DE AQUINO (†
1274) con su Suma Teológica (1267-1273) dividida en tres partes. Lo que
no pudo escribir a causa de su muerte el Doctor Angélico: a saber el Tratado
acerca de la Penitencia, de la Extremaunción, del Orden, del Matrimonio y de
los Novísimos, parece que fueron añadidos a modo de suplemento, habiendo sido
sacados de los Comentarios de Santo Tomás de Aquino a Pedro Lombardo,
según la lectura de REGINALDO PIPERNENSE, el año 1280. En la Suma Santo
Tomás supo con la capacidad prodigiosa de su ingenio hacer uso de la Filosofía
aristotélica en orden a levantar un sistema teológica tan perfecto, que en él
se alcanza el «summum» de armonía entre la fe y la razón, en contra de la
antinomia de la razón frente a la fe que se empeña en defender a Averroes; y
después de tantos siglos todavía no se ha vislumbrado atisbo de esperanza de
dar con otro sistema teológico, el cual pueda decirse que es más perfecto que
éste. Desde el siglo XVI ha habido entre los grandes Teólogos muchísimos
comentaristas de la Suma de Santo TOMAS, entre los cuales destacan
principalmente dentro de la Orden de Predicadores CAPREOLO, CAYETANO,
BAÑEZ, JUAN DE SANTO TOMAS; en la Orden Carmelitana los conocidos con el
nombre de Salmanticenses; en la Compañía de Jesús TOLEDO,
VALENCIA, SUAREZ, VAZQUEZ,
856.
Las conocidas con el nombre de Escuelas Teológicas surgieron después de
mitad del siglo XIII, cuando comenzó a florecer la Teología especulativa. La
variedad de estas escuelas no tuvo su origen en el diferente reconocimiento del
dogma, sino en la distinta ordenación sistemática de las verdades reveladas y sobre
todo en la diferente explicación racional de los dogmas y en la armonización
con los sistemas filosóficos, Las principales Escuelas Teológicas, en razón de
la condición de los principales Teólogos que pertenecen a las mismas, han
recibido el nombre de Dominicana, Franciscana, Agustiniana, Carmelitana,
Jesuítica, etc,; a causa del renombre del Teólogo, que alcanzó el culmen en
cada una de ellas, recibieron el nombre de Tomista, Escotista, Ocamista,
Suareciana, etc. Estas denominaciones de las Escuelas, si bien caracterizan
a las mismas, sin embargo no puede decirse que sean ni adecuadas ni exclusivas;
en efecto, la Escuela que recibe el nombre de Jesuítica puede
denominarse verdadera y propiamente Tomista, y sólo se diferencia de la Dominicana por lo que atañe
al modo en tanto, en cuanto que gozando de una erudición exegético-patrística
más amplia, pone mucho cuidado en enriquecer y en desarrollar más la doctrina
tomista, y usa de una mayor autonomía y una más amplia libertad de opinión en
aquellos temas que son discutibles.
857. A
la vista de este resumen histórico se aprecia claramente: 1) Que para
las Teólogos no se requiere la Antigüedad, que hemos exigido para
los Santos Padres; más aún los Teólogos son posteriores a la época de
los Santos Padres, 2) Que no se requiere la Santidad, si bien ésta de
ningún modo se excluye, ya que muchos entre los Teólogas verdaderamente Santos.
3) Que no se requiere aquella aprobación al menos común de la Iglesia que
alcanzaron los Santos Padres; si bien no se excluye sin embargo esta
aprobación, pues muchos de ellos, sobre todo aquellos que fueron proclamados Doctores
de la Iglesia, gozan de una verdadera aprobación eclesiástica, 4) requiere positivamente
para los Teólogos una cierta excelencia doctrinal que aparece en sus
escritos. 5) También se requiere la ortodoxia en la doctrina reconocida
al menos por la Iglesia en tanto en cuanto los escritos de estos Teólogos están
en el manejo de los fieles o de las escuelas, sabiéndolo y no
oponiéndose a ellos el Magisterio de la Iglesia.
858.
Estado de la cuestión. A fin de que el mutuo acuerdo de los Teólogos sea criterio
cierto de la Tradición divina, exigimos el que se trate de Teólogos
católicos en el sentido estricto de la palabra, el que sobresalgan por la excelencia
y la ortodoxia de la doctrina, el que escriban acerca de temas de fe o
de costumbres bien como testigos de la fe de la Iglesia o bien como
doctores, si no auténticos, al menos que prueban sus afirmaciones con
argumentos convincentes, que el mutuo acuerdo de ellos sea objetivo,
moralmente unánime y expresado mediante una sentencia cierta.
859.
Historia de la cuestión. ROGERIO BACON (1214-1294), el cual mediante el método empírico halló
ciertamente las leyes físicas de la reflexión y de la refracción de la luz, sin
embargo atacaba con gran violencia el método escolástico. Los Humanistas, los
cuales estimando las artes y la literatura clásicas por encima de lo merecido,
propalaron muchas invectivas en contra de los escolásticos, a los cuales con
desprecio les llamaban «bárbaros» por el hecho de que descuidaban, según ellos
la forma estilística.
WICLEFF
y los Protestantes son los principales adversarios, los cuales
acumularon tantas burlas contra los Escolásticos, que el nombre mismo de
«Escolástica» llegó a ser para ellos sinónimo de ciencia vana, falaz e inútil.
V.gr. MELANCHTON dice: «La Teología escolástica no es otra cosa que una
cavilación diabólica inútil, ficticia, rechazada, y un sueno de monjes». En
cambio los Protestantes más modernos y los Racionalistas, conociendo
mejor el valor histórico y científico de la Teología escolástica, desaprueban
expresamente y de forma severa estas invectivas de los Protestantes de
anteriores épocas.
Los
Jansenistas desprecian la Teología escolástica en cuanto influida por la
Filosofía racional, y afirman que solamente debe cultivarse la Teología
positiva, tanto bíblica como patrística, y exageran la autoridad de S.
Agustín: D 1320.
860.
Aquellos Filósofos que son más o menos partidarios de FRANCISCO BACON DE
BERULAMIO, sostienen que en las ciencias solamente hay que echar mano del
método experimental, y por ello atacan el método especulativo de la Teología
escolástica. En cambio los Cartesianos van en contra de la Escolástica
por el hecho de haber procurado ésta armonizar la razón con la fe, y por
suponer a causa de ello que puede quedar limitada la razón, De igual modo KANT,
el cual defendió la primacía absoluta de la razón pura, Por otra parte los Semirracionalistas
y los Modernistas al afirmar la absoluta y total independencia de
los órdenes de la revelación sobrenatural y de la razón natural, atacan
duramente el método escolástico, porque éste ha unido estos dos órdenes y ha
procurado armonizarlos.
861.
Doctrina de la Iglesia. 1) La Iglesia defiende en primer término a la Escolástica
y a los cultivadores de ésta en contra de sus atacantes. El Concilio IV
de Letrán (1215) en contra del ABAD JOAQUIN; D 431-432, El Concilio de
Constanza (1418) en contra de WICLEFF y HUS; D 609.
En
contra de los Protestantes, SIXTO V (1588) el cual escribe; Los herejes, que «atacan con toda su
fuerza en este siglo luctuoso la Teología, que recibe el nombre de Escolástica,
Nos avisan en gran manera el que mantengamos con todo empeño, aclaremos,
propaguemos la misma Teología, la cual es la más fructífera para la Iglesia de
Dios... Así pues cuanto más se empeñan los herejes en atacar y destruir esta
fortaleza totalmente protegida de la Teología escolástica, tanto más es
conveniente el que Nos defendamos este fuerte invencible de la fe y conservemos
y protejamos la herencia de Nuestros Padres, y honremos, cuanto es
posible, con los honores que merece a las defensores acérrimos de la verdad».
PIO
VI en contra de los Pistorienses («Auctorem fidei» 1794) D 1576, 1579, En
contra de BONNETTY, tradicionalista, PIO IX (1855) D 1652. En contra de GüNTHER,
semirracionalista, PIO IX (1857) D 1657, En contra de los Semirracionalístas
PIO IX (1863) D 1680, 1713. En contra de los Modernistas, PIO X («Pascendi»
1907) D 2104. Además en la misma Encíclica dice:
«Se
mofan a cada paso y desprecian la Filosofía y la Teología escolástica [los
Modernistas].., es cierto el que el afán de novedades está siempre unido con la
aversión al método escolástico; y no hay ninguna señal más clara de que uno
empieza a seguir las opiniones del Modernismo, que cuando comienza a rechazar
el método escolástico». Cf. PIO XII, Humani generis: D 2309, 2312.
2) La
Iglesia tiene en gran aprecio el mutuo acuerdo de los Teólogos y ha
usado éste como criterio de verdad teológica en el Concilio de Viena
(1312) D 480 en la parte final; cf. D 483. Y PIO IX estableció expresamente (1863
«Tuas libenter») que hay que seguir el mutuo acuerdo de los Teólogas: D
1680, 1683, 1684, 1713, Y por la historia de los Concilios Tridentino y
Vaticano I consta que se reconoció en ellos, como criterio cierto de verdad
en materia de fe y de costumbres, el mutuo acuerdo unánime de los Teólogos o
de las Escuelas teológicas.
862.
Valor dogmático. En virtud de la expresa recomendación de .PIO IX, la doctrina de la
tesis debe decirse que es Doctrina Católica. Por el modo práctico de
obrar en los Concilios Ecuménicos, y sobre todo en el Tridentino y en el
Vaticano I, la tesis es teológicamente cierta.
863.
Prueba. El mutuo acuerdo de los Teólogos en materia de fe y de costumbres está
tan íntimamente conexionado con la Iglesia docente, que un error en el mutuo
acuerdo de los Teólogos ocasionaría necesariamente un error de la Iglesia
Universal; es así que la Iglesia Universal no puede equivocarse en materia de
fe y de costumbres, luego tampoco puede equivocarse el mutuo acuerdo de los
Teólogos, y por tanto este mutuo acuerdo es criterio cierto de la Tradición
divina.
La
menor consta por las tesis acerca de la infalibilidad de la Iglesia.
864. En
cuanto a la mayor. Por mutuo acuerdo de los Teólogos en materia de fe y de
costumbres se entiende por el que, o bien testifican la fe de la
Iglesia, o bien enseñan con sentencia cierta alguna doctrina como que debe
ser sostenida por todos acerca de la fe o de las costumbres. Este mutuo
acuerdo de los Teólogos está íntimamente conexionado con la Iglesia docente y
en verdad de muchas formas:
a)
Con conexión de origen, ya que la Iglesia docente, esto es los Pontífices,
los Obispos, los Párrocos, etc., a partir de mitad del siglo VIII, atendió
generalmente al magisterio de los Teólogos y aprendió siempre del mismo
magisterio lo que hay que proponer a los fieles como de fe o de costumbres.
b)
Con conexión de responsabilidad moral, puesto que a partir del siglo XII
hasta el siglo XVI la Iglesia docente fundó todas las escuelas y estableció
los profesores de Teología, dirigió estas escuelas o al menos veló por ellas de
tal modo que en todas incluso en las Universidades el Cancelario representaba
al Sumo Pontífice con la función de tener cuidado acerca de la ortodoxia de
la doctrina.
c) Con
conexión de causalidad moral, ya que después del Concilio Tridentino la
Iglesia docente organizó los Seminarios de los Clérigos, en los cuales bajo la
acción directa y plena de los Obispos se dedicaban los profesores y los alumnos
al estudio de la Teología.
d) Con
conexión de influjo instrumental, ya que la Iglesia docente siempre usó de
los Teólogos como consultores y como auxiliares para ejercer su función
doctrinal, tanto de modo ordinario en las Curias episcopales y en la Curia
papal, como de modo extraordinario en los Concilios bien
particulares, bien generales, bien ecuménicos.
e) Con
conexión de aprobación al menos implícita, ya que la Iglesia docente ha
procurado con toda diligencia el proscribir los errores, principalmente los que
eran propuestos por Teólogos en sus escritos, y por ello después del Concilio
Tridentino el Sumo Pontífice instituyó la Congregación del Índice, para
que esta fuera la que tuviera principalmente el cuidado acerca de esto; ahora
bien esta vigilancia de los libros fue confiada en su totalidad por BENEDICTO
XV a la Congregación del Santo Oficio.
865.
Está claro que esta vigilancia es continua por el. frecuente ejercicio de la
misma, el cual ejercicio puede probarse de modo abundante por los solos casos
citados por el Denzinger a partir de mitad del siglo XII hasta el Concilio Trídentino:
sobre ABELARDO, D 1,68; acerca de los Teólogos de París, D 442; de
GUILLERMO DEL SAN-10 AMOR, D 458; sobre PEDRO JUAN DE OLIVA, D 480; de JUAN DE
POLIACO, D 491; acerca de MARSILIO PATAVINO, D 195; de ECKARDO, D 501, de
NICOLAS DE ULTRICURIA, D 5113; sobre DIONISIO FOULLECHAT, D 575; acerca de JUAN
VICLEFF y de JUAN HUS, D 581 7 627; sobre ZANINI DE SOLCIA, D 717a; de PEDRO DE
RIVO, D 719; acerca de PEDRO DE OSMA, D 724; de MARTIN LUTERO, D 741. El Índice
tridentino de libros prohibidos la aprobó Pío IV el año 1564. Posteriormente
Gregario XIII, el año 1572, instituyó la sagrada Congregación del Índice.
León XIII 'el ata 1901 publicó el índice de libros prohibidos corregido
y aumentado, al cual hay que añadir después los libros prohibidos por la sagrada
Congregación del Santo Oficio hasta nuestras días. Este cuidado se
mantiene de forma continuada y permanente hasta nuestros tiempos, según se ve
claro respecto a los Semirracionalistas HERMES y FROHSCHAMER, D 1619 y
1666-67, y respecto a los Modernistas en el Decreto «Lamentabili», D
2001. A causa de esta conexión tan estrecha se deduce absolutamente que un
error en el mutua acuerda de los Teólogos acerca de materia de fe o de
costumbres necesariamente habría debido ocasionar un error de la Iglesia Universal.
Acerca de las Modernos cf. la Humani Generis.
866. Se
confirma a priori por la honesta emulación, que existe entre las Escuelas
teológicas, emulación que desean y alaban con razón los Sumos Pontífices,
ya que aprovecha mucho en orden al progreso de los estudios: D 2192. Dé donde
argumentamos: A causa de la honesta emulación, que se produce de forma muy
animada entre las distintas Escuelas de los Teólogos, unos sopesan con todo
cuidado las afirmaciones de los otros y no las admiten fácilmente a no ser que
hayan visto que están plenamente demostradas, sobre todo si versan acerca de
materia de fe o de costumbres. Luego el mutuo acuerdo unánime de los Teólogos
en materia de fe y de costumbres hay que juzgar que es un criterio seguro de la
Tradición divina.
867.
Objeciones. 1, La ciencia de los Teólogos es solamente verdadera de -un modo
relativo y siempre falible; luego no puede ser criterio cierto de la Tradición
divina.
Prueba
del antecedente. La ciencia de los Teólogos se deduce del depósito de la fe mediante
principios de sistemas humanos; es así que los sistemas humanos son sólo
relativamente verdaderos y siempre falibles; luego también la ciencia de
los Teólogos es sólo relativamente verdadera y siempre falible.
Respuesta.
Distingo la mayor. La ciencia de los Teólogos se deduce del depósito de la fe mediante
principios de sistemas humanos absolutamente verdaderos y totalmente ciertos, concedo
la mayor; sólo relativamente y meramente probables, niego la mayor y
contradistingo la menor. Los sistemas humanos son sólo relativamente
verdaderos y siempre falibles en cuanto algunas conclusiones que se dan en todo
sistema humano, las cuales conclusiones son sólo relativamente verdaderas y
meramente probables, concedo la menor; en cuanto a sus principios absolutamente
verdaderos y totalmente ciertos, niego la menor. Para una mayor
explicación de esta solución, recuérdese lo que hemos dicho en el nº 736.
2,
La ciencia de los Teólogos es conocimiento de las verdades de la fe por una
cierta analogía con las verdades de los sistemas humanos; es así que este
conocimiento analógica no puede ser absolutamente verdadero y totalmente
cierto; luego la ciencia de los Teólogos no puede decirse que sea un
conocimiento absolutamente verdadero y totalmente cierto.
Respuesta.
Distingo la mayor. La ciencia de los Teólogos es conocimiento de las verdades de la fe
mediante una cierta analogía verdadera con verdades de sistemas humanos y
fundamentada esta analogía en la revelación misma, concedo la mayor; mediante
una analogía no verdadera o que no está fundamentada en la revelación, niego
la mayor y contradistingo la menor. El conocimiento análogo de las verdades
de la fe mediante una analogía no verdadera o que no está fundamentada en la
revelación no puede ser absolutamente verdadero y totalmente cierto, puede
pasar la menor; mediante una analogía verdadera y que está fundamentada en
la revelación, subdistingo: no puede ser un conocimiento propio,
adecuado y comprensivo, concedo; no puede ser un conocimiento
absolutamente verdadero y totalmente cierto, aunque sea análogo, inadecuado y
abstractivo, niego. Para la explicación de la solución cf. lo que hemos
dicho en el n.735.
868. 3.
Además de constar de los dogmas definidos por la Iglesia, la ciencia de los
Teólogos consta de elucubraciones y de sutilezas, que no exceden los límites de
La probabilidad; luego hay que atenerse en cuanto a criterio a las definiciones
de la Iglesia, en cambio la ciencia de los Teólogos no puede ser considerada
como absolutamente verdadera y como conocimiento totalmente cierto.
Respuesta.
Distingo el antecedente. Además de constar de los dogmas definidos por la Iglesia, la ciencia de
los Teólogos consta solamente de elucubraciones meramente probables, niego el
antecedente; consta también de estas elucubraciones, subdistingo: acerca
de temas todavía no plenamente probados y no necesariamente conexionados con
las verdades reveladas, concedo-, acerca de temas ya plenamente probados
y conexionados necesariamente con las verdades reveladas, niego y distingo
igualmente el consiguiente, y niego la consecuencia.
4.
Los Teólogos tienen la autoridad que se atribuyen ellos a sí mismos; es así que
ellos, como hombres, son falibles; luego su autoridad no puede ser criterio
cierto de la Tradición.
Respuesta.
Distingo la mayor. Los Teólogos tienen la autoridad que se atribuyen a cada uno de ellos
mismos, puede pasar la mayor; tienen la autoridad qué ellos mismos
atribuyen a su mutuo acuerdo, subdistingo: probando-dicha autoridad por
la conexión íntima de este mutuo acuerdo con el Magisterio de la Iglesia,
conceda, atribuyendo esta autoridad arbitrariamente y sin prueba alguna al
mutuo acuerdo de ellos mismos, niego y contradistingo la menor. Los
Teólogos, como hombres, son falibles uno por uno, concedo la menor, estando
de mutuo acuerdo, subdistingo: si enseñan independientemente del
Magisterio de la Iglesia, concedo; si enseñan en conexión íntima con el
Magisterio de la Iglesia, niego.
869. 5.
Los Teólogos estando de acuerdo se equivocaron acerca de la materia del Sacramento
del Orden, acerca de la sacramentalidad del Episcopado y de las Ordenes
Menores, y acerca de otros temas parecidos, los cuales los enseñaron en
conexión íntima con el Magisterio de la Iglesia; luego los Teólogos se
equivocaron incluso estando de acuerdo y enseñando en conexión íntima con el
Magisterio de la Iglesia.
Respuesta.
Distingo el antecedente. Los Teólogos se equivocaron estando de acuerdo en sentido lato y
defendiendo una enseñanza con una sentencia probable o no segura, concedo el
antecedente; estando verdaderamente de acuerdo y proponiendo con
sentencia cierta y firme una doctrina que debía ser sostenida, niego
el antecedente y distingo igualmente el consiguiente. Cf. el tratado sobre
los Sacramentos acerca de las sentencias de los Teólogos sobre las doctrinas
que se citan.
6.
Al mutuo acuerdo unánime y firme de los Teólogos de una época más de una vez se
ha opuesto el mutuo acuerdo unánime y firme de los Teólogos de épocas
subsiguientes; luego necesariamente en alguna ocasión los Teólogos estando
verdadera y firmemente de acuerdo se han equivocado.
Respuesta.
Distingo el antecedente. Al mutuo acuerdo unánime en sentido lato y no firme o bien acerca de
temas no ciertamente o no necesariamente conexionados con las verdades reveladas,
concedo el antecedente; al mutuo acuerdo verdaderamente unánime y
totalmente firme o bien acerca de temas cierta y necesariamente conexionados
con las verdades reveladas se la opuesto el mutuo acuerdo verdaderamente
unánime y totalmente firme de épocas subsiguientes, niego el antecedente.
870. 7.
Entre los Teólogos, aparte de los dogmas definidos por la Iglesia, no se da
ninguna sentencia a la que no se opongan otros Teólogos; luego entre ellos,
aparte de los dogmas definidos por la Iglesia, no se da un mutuo acuerdo
verdaderamente unánime y totalmente firme.
Respuesta.
Distingo el antecedente. Entre los Teólogos no se da ninguna sentencia a la que no se opongan
otros muchos Teólogos, niego el antecedente; a la que no se oponga algún
que otra Teólogo, subdistingo: y esta oposición de uno u otro Teólogo
obsta al mutuo acuerdo físicamente unánime (el cual no lo exigimos), conceda,
obsta al mutuo acuerdo moralmente unánime (el cual sostenemos que es
suficiente), niego.
8.
A cualquier Teólogo le está permitido el defender una nueva sentencia, haciendo
caso omiso de la sentencia de los antiguos; luego siempre puede fallar el
auténtico mutuo acuerdo moralmente unánime.
Respuesta.
Distingo el antecedente. En temas de fe y de costumbres y en contra del auténtico
mutuo acuerda de los Teólogos moralmente unánime y totalmente firme, niego
el antecedente; en otro caso, subdistingo: si la nueva sentencia
está avalada por argumentos realmente serios, puede pasan en otro caso, niego.
9.
Los Teólogos más antiguos distan en varios siglos de la época de los Apóstoles,
en la cual época quedó cerrada la revelación cristiana; es así que cuanto más
se aparta un testimonio de su origen tanto más va a peor; luego el testimonio
de los Teólogos acerca de temas revelados no puede ser considerado como
criterio cierto de la Tradición.
Respuesta.
Concedo la mayor y distingo la menor. Un testimonio meramente
histórico cuanto más se aparta de su origen tanta más va a peor, puede pasar
la menor; un testimonio dogmático, subdistingo; concebido
independientemente del Magisterio de la Iglesia, puede pasar; un
testimonio dogmático presentado en conexión íntima con el Magisterio perenne e
infalible de la Iglesia, niego. La ley de la degeneración puede
admitirse en asuntos meramente humanos; en cambio en los asuntos de la Iglesia,
que conciernen a la esencia de ésta y a sus dogmas, no se da la ley de la
degeneración puesto que gozan de perennidad bajo la asistencia eficaz de Dios
que hace imposible tal degeneración.
871.
Escolio. Acerca de la autoridad de Santo Tomás de Aquino.
Nos
referimos a la autoridad de Santo Tomas en Teología. Por tanto
prescindimos de todas aquellas razones y testimonios, que se aducen con razón
para demostrar la autoridad en el Doctor Angélico en Filosofía, Ahora bien en
Teología la autoridad de Santo Tomás es enteramente singular y, en general,
mayor que la autoridad de cualquier otro Teólogo en la Iglesia Católica.
1)
La autoridad teológica de Santo Tomás que recibe el nombre de intrínseca,
es realmente enorme. Llamamos autoridad intrínseca a la que brota
del valor intrínseco de la doctrina misma. Hizo muy atinadamente referencia a
esta autoridad intrínseca LEON XIII con las siguientes palabras:
«Entre
los Doctores Escolásticos, Santo Tomás de Aquino sobresale con mucho por ser el
primero y el maestro de todos. éste distinguiendo ante todo, según conviene, la
razón de la fe, y sin embargo asociando amistosamente ambas, por una parte
conservó los derechos de las das y por otra parte atendió a su dignidad de tal
modo que la razón elevada en verdad por el raudo vuelo de Tomás de Aquino a la
cúspide humana, ya prácticamente no puede ascender a cimas más altas, ni
tampoco la fe puede apenas esperar de la razón más o mayores ayudas, que las
que ya alcanzó mediante Santo Tomás».
873. 2)
Ahora bien la autoridad teológica del Doctor Angélico, que recibe el
nombre de extrínseca, es también de primera magnitud. Llamamos autoridad
extrínseca a aquella que le sobreviene al Doctor Angélico por el
reconocimiento común de los que cultivan la misma ciencia teológica, Habla de
ésta LEÓN XIII con las siguientes palabras:
«Los
hombres más cautas, sobre todo en épocas anteriores, las cuales sobresalieron
en cuanto a la gloria de los estudios teológicos y filosóficos, reunidas con
enorme esfuerzo las obras inmortales de Santo Tomás, se entregaron no tanto a
perfeccionarse con la sabiduría angelical de éste, cuanto a alimentarse
íntimamente con la misma, Consta que casi todos los fundadores y legisladores
de las Órdenes Religiosas mandaron a sus hermanos el que se dedicaran a las
estudios de Santo Tomás y el que se adhirieran a los mismos con mucha piedad...
Y hablando de esto nuestro espíritu con gran gozo eleva el vuelo a aquellas
celebérrimas Academias y Escuelas, que en otro tiempo florecieron en Europa, a
saber la de París, la de Salamanca, la Complutense de Alcalá de Henares, la
Tucena, la de Toulouse, la de Lovaina, la de Padua, la de Bolonia, la de
Nápoles, la de Coimbra y otras muchísimas, Ahora bien es cosa manifiesta el que
en aquellas mansiones de la sabiduría humana alcanzó Santo Tomás el puesto
cumbre, como en su propio reino; y también es manifiesto el que todos los
ánimos tanto de los Doctores como de los alumnos alcanzaron por maravilloso
mutuo acuerdo el descanso en el magisterio y la autoridad del solo Doctor
Angélico».
874. 3)
Por último la autoridad de Santo Tomás, que puede denominarse canónica, es
mayor también que la autoridad de cualquier otro Teólogo católico. Decimos que
puede denominarse Canónica la autoridad que le compete al Doctor
Angélico a causa de la aprobación explícita con la que en muchas ocasiones
los Sumos Pontífices encarecieron por encima de la doctrina de otros autores la
de Santo Tomás.
1º.
Antes del Concilio Vaticano a) en general muchos Sumos Pontífices
ensalzaron con sus elogios la doctrina de Santo Tomás, a los principales de los
cuales los cita LEON XIII en su Encíclica «Aeterni Patrís». b) En
concreto, merece recordarme la aprobación de JUAN XXII en el Consistorio
antes de la Canonización Calo 1318) y (año 1323) en la Bula misma de la Canonización
de Santo Tomás. c) Debe decirse que es aún una aprobación más especial aquella
por la que PIO V declaró a S. Tomás Doctor de la Iglesia
universal.
875.
2º, Después del Concilio Vaticano, el Doctor Angélico alcanzó una
aprobación singular y especialísima.
a) En
primer lugar por parte de LEON XIII, en la Encíclica «Aeterni Patris», en
la cual se enseña;
«Entre
los Doctores Escolásticos sobresale con mucho Santo Tomás de Aquino, el primero
y el maestro de todos; el cual por haber honrado extraordinariamente a los
antiguos doctores sagrados, alcanzó en cierto modo la inteligencia de todos
ellos, Santo Tomás reunió en una sola unidad las doctrinas de aquéllos, como
miembros dispersos de un cuerpo y las aumentó, las dispuso con un orden
maravilloso y les dio un gran incremento de tal forma que es considerado con
derecho y con razón defensa y honor singular de la Iglesia católica consiguió
él mismo por su esfuerzo el deshacer él solo todos los errores de las épocas
anteriores y el suministrar armas enteramente invencibles en orden a destruir
los errores que continuamente surgirán en la posteridad»,
876. b)
Después por parte de PIO X, en el Motu proprio «Doctoris Angelici», dado
para Italia y para las islas que la rodean, en el cual ordenó el que se usara
la Suma de Santo Tomás de Aquino como libro de texto;
«Queremos,
dice, mandamos y ordenamos que quienes son maestros de sagrada Teología en las
Universidades, en los grandes Liceos, en los Colegios, en los Seminarios, en
los Institutos, que posean por concesión apostólica la potestad de otorgar
grados académicos y la Láurea en la misma disciplina, tengan la Suma
teológica de Santo Tomás, como texto de sus preelecciones y la
expliquen en latín: y pongan en esto cuidadoso empeño a fin de que los alumnos
oyentes se sientan muy atraídos hacia ella». Esto mismo posteriormente la Sagrada
Congregación de Seminarios y de Estudios Universitarios, en tiempo
de BENEDICTO XV, se lo ordenaba a los Obispos de Italia y de Alemania; y PIO
XI, en la Encíclica «Studiorum ducem», confirmaba el mismo decreto sin
restricción alguna.
c) Posteriormente
por parte de BENEDICTO XV, principalmente cuando ordenó esto en
el Código de Derecho Canónico mediante una ley a la Iglesia universal;
«Los
profesores expliquen enteramente los estudios de Filosofía racional y de
Teología e instruyan a los alumnos en estas disciplinas según el método, la
doctrina y los principios del Doctor Angélico, y todo esto lo mantengan
santamente» (CIC cn,1366 2),
d) También
por parte de PIO XI, cuando en la Encíclica «Studiorum ducem» confirme
la Encíclica «Aeterni Patris» de LEÓN XIII y el Decreto «Doctoris
Angelici» de PIO X; D 2191, y cuando añadió además en la misma Encíclica:
«Y
Nos, dice, aprobamos estas alabanzas tan egregias tributadas a esta mente tan
impagada en lo divino de manera que juzgamos que Santo Tomás de Aquino debe ser
llamado no sólo Doctor Angélico, sino también Doctor Común, esto
es Doctor universal de la Iglesia, cuya doctrina, según la dejó plasmada en
multitud de monumentos literarios de toda clase, la Iglesia la hizo suya». Y
el mismo Pontífice en la Constitución Apostólica «Deus scientiarum Dominus» a.29a,
ordenó: «La sagrada Teología debe ser enseñada tanto con el método positivo
como mediante el método escolástico; por tanto una vez expuestas las verdades
de la fe y demostradas por la Sagrada Escritura y la Tradición, deben
estudiarse y explicarse conforme a los principios y a la doctrina de Santo
Tomás de Aquino la naturaleza y la razón íntima de estas verdades».
878. e)
Por último por parte de PIO XII, el cual proclamó en el Discurso
«Sollemnís conventus»:
«Es
tal la sabiduría de Santo Tomás de Aquino, que extraordinariamente adecuada para
explicar y defender los dogmas de la fe; es tal que puede
eficazmente rechazar y exterminar victoriosamente los principales errores que
han pululado en cualquier época, Por lo cual tened un ánimo amoroso y entregado
hacia Santo Tomás: dedicaos con todo vuestro empeño y todas vuestras fuerzas a
captar intelectualmente su brillante doctrina: todo lo que pertenece a ella de
un modo patente y todo lo que es considerado en ella de un modo seguro como
principal, abrazadlo de buen grado». Y en la Encíclica «Humani generis» dice:
«Sabe bien la Iglesia que la doctrina de Santo Tomás de Aquino se armoniza con
la revelación divina dando lugar a un a modo de concierto, y que esta
doctrina de Santo Tomás es enormemente eficaz para poner a buen recaudo los
fundamentos de la fe».
879. 4)
Por tanto acerca de la autoridad de Santo Tomás, según lo que acabamos
de decir, pueden admitirse estas conclusiones, que defiende R.Schultes:
I.
«Una doctrina por el hecho de ser sostenida por Santo Tomás, no es de fe que
debe ser aceptada ni material ni formalmente». II. «La doctrina de Santo
Tomás no tiene tal autoridad, que deba ser considerada como teológicamente
cierta». III. «La doctrina de Santo Tomás en materia de fe y de
costumbres puede y debe ser sostenida con seguridad, con un asentimiento simple,
incluso dejando a un lado la sentencia contraría de otra Escuela u otro
Doctor».
Puede
y debe ser sostenido con seguridad, ciertamente, «todo lo que
pertenece de forma clara a la doctrina de Santo Tomás y es considerado
en ella de modo seguro como principal» (Pío XII), y a no ser que se descubra
que es «algo menos coherente con las doctrinas probadas de época posterior»
(León XIII).
880. 5)
DE GROOT definió bien la naturaleza de la autoridad, de la cual
hablamos, al afirmar: «Los Romanos Pontífices recomiendan encarecidamente el
conjunto de la doctrina tomista por encima de las demás doctrinas como una
vía segura y una dirección en orden a alcanzar la verdad, Y por ello con
razón puede aplicarse a las doctrinas teológicas del Doctor Angélico
aquella norma, que acerca de la aprobación de las tesis filosóficas del mismo
Doctor fue publicada por la Sagrada Congregación de Seminarios y Estudios
Universitarios 'y fue confirmada por Benedicto XV; «Sean propuestas,
dice, como normas directivas seguras. Esta norma fue además proclamada
ciertamente por el mismo Pontífice en carta al Rvdo.F. Wlod Ledóchowski con
estas palabras; «Nos juzgamos que tú has pensado acertadamente, cuando has
juzgado que se adhieren suficientemente al Doctor Angélico aquellos, que consideran
que deben proponerse las tesis acerca de la doctrina de S. Tomás como normas
directivas seguras, a saber sin que se imponga ningún deber de abrazar todas
las tesis».
881. 6)
Hay que desear y recomendar una justa libertad y una honrada emulación. En
efecto llevado por lo que se habló en el Concilio Vaticano I y dotado de
un conocimiento exacto por lo que se definió en dicho Concilio, LEON XIII
escribió la Encíclica «Aeterni Patris» a fin de proveer algún remedio
eficaz en contra de los peligros del Racionalismo. PIO X v EENEDICTO XV
publicaron sus reglas en contra del agnosticismo del Modernismo. Ahora
bien todo esto, que ordenaron o recomendaron tan sabiamente los Pontífices en
contra de los enemigos de la fe, algunos católicos, dejándose llevar por
un afán partidista lo distorsionaron sobre todo conduciendo a un altercado
entre los domésticos de la fe, al afirmar que el Tomismo como
sistema había sido prescrito por la Iglesia de tal forma que incluso
otros sistemas de los católicos deberían ser considerados por ello mismo
como excluidos y al menos como implícitamente desaprobados. Con esta exagerada
interpretación la honesta emulación de las Escuelas, la Justa libertad de
investigación, y los excelentes avances de la ciencia, que aquéllas
propagan, corrieron peligro de ser entorpecidos sin razón alguna y erróneamente,
en contra del pensamiento del mismo LEON XIII, el cual dice manifiestamente en
la Encíclica «Aeterni Patris»:
«proclamamos
que debe ser recibido de buen grado y gratamente todo lo que alguien dijere
sabiamente, todo lo que fuere hallado y descubierto par utilidad por alguien».
Y después de haber exhortado a todos a buscar la «áurea sabiduría de Santo
Tomás», continúa: «Decimos la sabiduría de Santo Tomás: pues si algo ha sido
investigado por los doctores escolásticos con exagerada sutileza, o a sido
enseñado con poca ponderación, si algo es menos coherente con las doctrinas
aprobadas de época posterior, o finalmente si algo de los escolásticos de
cualquier modo no es probable, no está en nuestro ánimo de ninguna manera el
que esto sea propuesto a nuestra época en orden a su imitación»
882.
Por lo cual acertadamente PIO XI dio término al fin a este altercado doméstico
de los católicos atendiendo a la Tradición plurisecular de la Iglesia, o sea en
favor de la Justa libertad y de la honesta emulación, publicando sin
dudar:
«Entre
los seguidores de Santo Tomás, cuales conviene que sean todos los hijos de la
Iglesia que se dedican a los estudios de Teología, deseamos en verdad que
dentro de una justa libertad se dé aquella honesta emulación de donde
viene el progreso de los estudios, no obstante que no haya envidia alguna,
la cual no favorece a la verdad y únicamente consigue destruir los vínculos de
la caridad. Así pues para cada uno de éstos sea sagrado lo que se ordena en el
anterior Código de Derecho Canónico (1355 5 2), y todos se comporten
conforme a esta norma de tal modo que puedan llamarle a Santo Tomás en verdad
su maestro. No obstante que no exijan por esto unos de otros algo más de lo que
exige a todos la que es maestra y madre de todos, la Iglesia: pues en aquello,
acerca de lo cual en las escuelas católicas suele discutirse unos poniéndose en
una línea y otros en otra opuesta entre autores de la más reconocida solvencia,
a nadie debe prohibírsele seguir aquella sentencia que le parezca la más
verosímil»: D 2192.
PIO
XII defendió de nuevo la misma libertad y emulación, con estas palabras:
«Hacemos
Nuestras las advertencias de Nuestros predecesores, con las que quisieron velar
por el avance auténtico en la ciencia y la legítima libertad en
los estudios. Aprobamos totalmente y recomendamos el que la sabiduría antigua
sea igualada, cuando haya necesidad de ello, por los nuevos hallazgos de las
disciplinas; el que se planteen con libertad aquellos temas acerca de
los cuales suelen discutir los intérpretes de reconocida solvencia del Doctor
Angélica; el que se eche mano de nuevos recursos extraídos de la historia a
la hora de interpretar con más plenitud los textos de Santo Tomás de Aquino. Y
que ningún particular «se comporte en la Iglesia como maestro»; y que «no
exijan unos de otros por esto algo más de lo que exige de todos la que es
maestra y madre de todos, la Iglesia»; y que finalmente no se dé pábulo
a las disputas inútiles,- pues la emulación al buscar y propagar la
verdad no queda suprimida mediante la recomend3ción de la doctrina de Santo
Tomás, sino que más bien se la impulsa y se la dirige con seguridad».
El
mismo PIO XII, en solemne Alocución a la Universidad Gregoriana advirtió
que la ley, por la que el anterior Código de Derecho Canónico can.1366 5
2 puso a Santo Tomás como guía y maestro al frente de todas las escuelas
católicas, debe entenderse en el sentido expuesta por Pío XI en las palabras
citadas en este texto y en este mismo número. Y además Pío XII recomendando una
vez más la justa libertad añadió:
«Y
por lo que atañe a vuestros estudios, a fin de no mezclar indiscriminadamente
la doctrina católica y las verdades naturales que están, de acuerdo con ella y
que han sido reconocidas por todos los católicos, con los esfuerzos de los
hombres eruditos en orden a explicar aquellas verdades e igualmente con los
elementos propios y las razones peculiares, por los que se distinguen entre sí
los varios sistemas filosóficos y teológicos, que se dan en la Iglesia...
Ninguna disciplina ni razón de esta índole es la puerta, por la que nadie entra
en la Iglesia; y con mayor razón es ilícito el afirmar que ésta es la única
puerta que está abierta. Vuestros insignes autores y maestros asociaron en
hermosa alianza la fidelidad, que observaban continuamente respecto al sumo
Doctor, con la libertad que debe ser estimada en mucho, la cual se debe
a la investigación de las doctrinas, y que fue puesta siempre a buen recaudo
por Nuestros predecesores, a saber por León XIII y por los que le han seguido
en la Cátedra de Pedro. Así pues cada uno de los profesores puede obrar.
libremente, dentro de los límites señalados los cuales no deben ser
traspasados, en adherirse a alguna escuela, que haya adquirido en la Iglesia
derecho de domicilio, ahora bien con esta norma, que distinga enteramente las
verdades que deben ser mantenidas por todos de aquello, que constituye las
líneas y los elementos de una escuela particular, y que al enseñar deje claro
estas diferencias, como conviene a un maestro auténticamente sensato- a fin de
que la doctrina auténtica y genuina de la Iglesia no se confunda con las varías
y peculiares sentencias de cada escuela; estas dos cosas deben distinguirse muy
mucho en verdad siempre entre sí»,
883. 7)
Así pues la doctrina de Sto. Tomás ha sido en verdad aprobada por la Iglesia de
un modo muy especial y por
ello goza también de una autoridad especialísima como vía segura para
alcanzar la verdad. No obstante: a) no por esto hay que juzgar que cada una de
las afirmaciones de Santo Tomás la Iglesia las ratifica como verdaderas; b)
ni tampoco a causa de esto las afirmaciones de otros Teólogos, a los cuales
alaba la Iglesia, aunque sean contrarias a las de Santo Tomás de Aquino, puede
decirse que la Iglesia las desaprueba de alguna manera como falsas o
erróneas; c) ni a causa de esto otros sistemas teológicos, aparte
del sistema tomista, deben ser considerados como vías no seguras en
orden a alcanzar la verdad; d) más aún la justa libertad de la ciencia y la
honesta emulación de los científicos, que quiere y recomienda
positivamente la Iglesia, conllevan al menos la recomendación implícita de que
dentro de las normas que prescribe a todos la que es maestra y madre de todos
la Iglesia, se cultiven y se fomenten también con libertad y con emulación los
distintos sistemas de los católicos, a fin de alcanzar los más fecundos frutos
en el avanzar científico.
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Nota nuestra. Hoy día, más que nunca, por los efectos desastrosos que provocaron el
abandono o la incomprensión del tomismo en el seno de la Iglesia, hace falta un retorno decidido a
Santo Tomás. Por supuesto, como siempre decimos nosotros mismos, no todo lo que
afirmó nuestro Doctor es verdadero, por imposible; pero más y más se hace manifiesto
que grandísima parte de sus afirmaciones son verdaderas, lo que se advierte por
las mismas consecuencias nefastas de las tesis que les son contrarias.